Costa Rica – Reglamento de distintivos para vehículos eléctricos
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- Fecha de creación enero 21, 2021
- Última actualización mayo 27, 2021
El presente reglamento tiene por objeto regular la emisión del distintivo para la identificación de los vehículos eléctricos o con tecnologías cero emisiones a los que hace referencia la Ley de Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico, Ley número 9518, del 25 de enero de 2018.
Para los efectos del presente reglamento se establece como distintivo de los vehículos eléctricos definidos en la Ley número 9518, la matrícula de identificación o placa otorgada por el Registro Nacional.
Los vehículos que porten el distintivo no estarán sujetos a la restricción vehicular de circulación en el área metropolitana, de conformidad con el artículo 14 de la Ley número 9518.
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