Perú – Reglamento de tránsito y Normas para la importación de vehículos usados

Incorpora las categorías L6 y L7 y parámetros eléctricos para la adecuada clasificación de los vehículos de la categoría L (vehículos menores)
• Incorpora las definiciones de Bicicleta con Sistema de Pedaleo Asistido, Vehículo Eléctrico, Vehículo Híbrido Convencional, Vehículo Híbrido Enchufable, etc.
• Modifica el articulo 25 incorporando autonomía mínima de 200 km o potencia mínima de 80 kW para Taxis

Perú – Arancel de aduanas

Arancel de aduanas que incluye los vehiculos eléctricos e híbridos bajo la numeración 8703 “Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de personas (excepto los de la partida 87.02), incluidos los del tipo familiar («break» o «station wagon») y los de carreras” en la subsecciones 4, 5, 6, 7 y 8

Argentina – Derecho de Importación Extrazona

Un régimen de importación de vehículos con nuevas motorizaciones, esto es vehículos híbridos, eléctricos o a celdas de combustible (hidrógeno) con arancel de importación reducido, diferenciando el alcance de dicha reducción arancelaria a la naturaleza y configuración de los mismos, es decir, dependiendo si los referidos vehículos son híbridos o eléctricos o a celdas de combustible (hidrógeno) y, a su vez, si son completos totalmente armados (CBU), completos semidesarmados (SKD) o completos totalmente desarmados (CKD), fijando para cada caso un Derecho de Importación Extrazona (DIE) del CERO POR CIENTO (0 %), DOS POR CIENTO (2 %) o CINCO POR CIENTO (5 %). La vigencia de este régimen se extendió por TREINTA Y SEIS (36) meses hasta el día 11 de mayo de 2020.

Costa Rica – Plan de descarbonización 2018 -2050

El presente Plan sintetiza las acciones estratégicas que el Gobierno del Bicentenario identifica para potenciar la descarbonización de la economía costarricense. La descarbonización y resiliencia se conciben como un medio para transformar el modelo de desarrollo a uno basado en la bioeconomía, el crecimiento verde, la inclusión y la
mejora de la calidad de vida de la ciudadanía.

La definición de las acciones claves se realizó con base en el paradigma de cambio transformacional -en contraste con la lógica de cambio incremental-; que es requerido para abolir el uso de combustibles fósiles en nuestra economía. Para llevar el concepto de descarbonización a la práctica se utilizó una metodología cuyo punto
de partida es una visión de largo plazo de Costa Rica.

Costa Rica apunta a contar con una economía descarbonizada en 2050, que haya alcanzado el nivel de emisiones más bajo posible de forma consistente con la meta climática global – es decir; la meta de contener el incremento de la temperatura global muy por debajo de los 2°C (e idealmente un límite de aumento a 1.5°C) con respecto a los niveles pre-industriales. La adopción de este objetivo tiene implicaciones claras según la ciencia, se deberá llegar a una economía global de cero emisiones durante la segunda mitad del siglo, por lo que para el año 2050 deberán estar muy avanzados los principales procesos de cambio.

A partir de esta meta global y aplicando un ejercicio de “backcasting” considerando la realidad nacional, se identificaron los paquetes de política pública y actuaciones que se deben implementar desde hoy para alcanzar la meta al 2050. Las acciones se presentan en tres grandes etapas: a) etapa inicial (2018-2022), b) etapa de inflexión
(2023-2030) y c) etapa de normalización del cambio o despliegue masivo (2031-2050). Cabe enfatizar por tanto, que tener un horizonte a 2050 no implica posponer acciones sino fijar una meta de largo plazo que aporte claridad sobre las acciones que se deben tomar en el corto plazo – así como las que decisiones que hay que evitar para no desviar al país de la meta.

Costa Rica – Promoción de la movilidad sostenible en las instituciones de la administración pública central

El presente Decreto tiene por objeto promover la movilidad sostenible en las instituciones de la Administración Central del Estado. Mediante la movilidad sostenible, será posible alcanzar las siguientes metas:
1) Mejora en la calidad de vida de las personas.
2) Modernización del transporte.
3) Incremento en la productividad de las y los servidores públicos.
4) Incremento en el uso del transporte público.

5) Reducción de la contaminación atmosférica y los gases de efecto invernadero.
6) Ahorro de los recursos públicos.
7) Descongestión vial.
8) Ahorro de combustibles.

Costa Rica – Incentivos para vehículos eléctricos usados

Para la aplicación de este decreto, se entenderá como vehículo eléctrico usado aquel bien mueble impulsado con energía ciento por ciento eléctrica o con tecnología de cero emisiones y que no contenga motor de combustión, con batería de última generación, usado con no más de 5 años de antigüedad a partir del año de su modelo, en su versión de automóviles, motocicletas, vehículos de transporte de carga, microbuses o autobuses.

Costa Rica – Reglamento para la exoneración del imp sobre las ventas y del selectivo de consumo a los repuestos de vehículos eléctricos

El presente reglamento establece las condiciones para la exoneración del impuesto sobre las ventas y del impuesto selectivo de consumo a repuestos específicos para los vehículos eléctricos, y exoneración del impuesto selectivo de consumo, y del impuesto del uno por ciento sobre el valor aduanero a las partes para centros de recarga rápida, correspondientes a los artículos 11 y 34 de la Ley Nº 9518, Ley de Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico, así como la obligación de los importadores y fabricantes de indicar al MINAE la lista de modelos de vehículos eléctricos ofrecidos en el país.